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Cobran especial relevancia 5 inicios de procedimientos especiales sancionadores.

Aprueba IECM 30 procedimientos sancionadores por violaciones a la ley electoral

El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), a través de la Comisión de Asociaciones Políticas (CAP), discutió y aprobó durante la Trigésima Segunda Sesión Extraordinaria Urgente del 14 de Junio, un total de 30 Procedimientos Especiales Sancionadores Electorales, de los cuales 20 fueron admitidos y 10 desechados.

Tres acuerdos de inicio de procedimiento versan sobre el indebido uso de programas sociales

El presidente de la Comisión, el consejero electoral Mauricio Huesca Rodríguez, y sus integrantes, los consejeros electorales Yuri Beltrán Miranda y Bernardo Valle Monroy, señalaron que las infracciones denunciadas en la diversidad de procedimientos tienen que ver con uso indebido de recursos públicos, de programas sociales, coacción al voto, violencia política de género y calumnia.

Cobran especial relevancia 5 inicios de procedimientos especiales sancionadores. De los cuales el primero de ellos versa sobre publicaciones presuntamente calumniosas realizadas en la red social “Facebook”, por parte de un candidato a la Jefatura de Gobierno en contra de otra candidata. Derivado de ello, se ordenó iniciar un procedimiento especial sancionador por las presuntas expresiones realizadas.

Tres acuerdos de inicio de procedimiento versan sobre el indebido uso de programas sociales. El primero analiza la entrega de tarjetas, entre ellas la tarjeta “A tu Lado, Programa de Transferencias Unitarias”, misma que ha sido objeto de estudio en diversos acuerdos de procedimiento especial sancionador.

En las diversas tarjetas distribuidas aparece el logotipo de la CDMX y de la delegación Coyoacán y que la entrega de los apoyos fue realizada previa entrega de la credencial para votar. Además de las tarjetas le fueron entregadas a los ciudadanos revistas con la imagen de un candidato a la alcaldía, una vajilla y diversos artículos relacionados con el fútbol consistentes en: un balón de color dorado, una playera con el símbolo del equipo de fútbol Pumas, el nombre “M. Negrete” y el número 22.

El segundo acuerdo versa sobre la posible indebida utilización de recursos públicos e indebida utilización del programa social JuvenGAM

El segundo acuerdo versa sobre la posible indebida utilización de recursos públicos e indebida utilización del programa social JuvenGAM. Lo anterior toda vez que se advierte que se ha ejecutado en el año 2018 en la delegación Gustavo A. Madero.

Por cuanto hace al tercer inicio de procedimiento sobre la presunta entrega de despensas con motivo del programa social “Nutrición para tu Familia 2018”, a cambio de la presunta entrega de copia de la credencial para votar, comprobante de domicilio y CURP, con lo que se presume un posible condicionamiento del programa con fines electorales, vulnerando con ello los principios rectores del proceso electoral y la equidad en la contienda, con el objetivo de beneficiar y coaccionar el voto.

Es por lo que la Comisión aprobó el inicio de los diversos procedimientos especiales sancionadores con la finalidad de investigar las conductas antes referidas.

Finalmente, la CAP decidió iniciar dos Procedimientos Especiales Sancionadores en contra de un funcionario del H. Cuerpo de Bomberos, la Coalición por la CDMX al Frente y su candidato. Siendo el primero iniciado de manera oficiosa toda vez que se tienen indicios de que los Bomberos de la Ciudad de México han sido obligados a realizar en sus días de descanso, a repartir volantes y levantar encuestas para obtener por lo menos cincuenta números telefónicos y direcciones de vecinos potencialmente votantes, con la finalidad de promocionar a su candidato a la diputación local y que, supuestamente a cambio del apoyo y voto de sus compañeros les ofrece herramientas para realizar su labor y mejores sueldos, lo que podría vulnerar los principios rectores del proceso electoral y la equidad en la contienda, con el objetivo de coaccionar e incidir en el voto a favor del ciudadano señalado como probable responsable.

Por otro lado, un segundo acuerdo de inicio fue iniciado en contra de los mismos probables responsables, ya que se tienen elementos de prueba consistentes en que una pipa perteneciente al H. Cuerpo de Bomberos abasteció de agua la casa de campaña del candidato a la Diputación Local, hecho que podría constituir presunto uso indebido de recursos públicos. Por otra parte, se advierte que se ha condicionado la distribución de agua a a cambio de la entrega de copia de la credencia para votar lo que hace presumir inducción y coacción al voto por el condicionamiento de un servicio público.

A fin de garantizar los principios rectores de la materia electoral y particularmente para contener el respeto a la neutralidad y equidad en los restantes 12 días de campaña, la Comisión decretó el dictado de diversas medidas de tutela preventiva, a fin de obligar a las candidaturas y a los diversos entes públicos involucrados en las quejas a que en los próximos días dejen de utilizar los programas sociales, los recursos públicos o proferir un discurso de odio o discriminador con motivo de los actos de proselitismo que restan en esta etapa previa a la jornada electoral.

De manera individual, en caso de la suspensión de los programas sociales, se apercibió a los órganos de gobierno a que de incumplir con las medidas dictadas por la autoridad, se iniciarían procesos de sanción por desacato a un mandato tendente a generar el orden constitucional y la rectoría de la equidad en el proceso electoral.