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Diputada Martha Olivia García Vidaña amenaza con mayoritear en Comisiones y en el Pleno del Recinto de San Lázaro, “sin tomar en cuenta a nadie”, dijo.

Animalistas piden a líderes de las bancadas en la Cámara de Diputados analizar en mesas de trabajo Ley de Bienestar Animal

En conferencia de prensa integrantes de la Alianza Nacional M1llón De Esperanzas solicitaron a los líderes de la diversas fracciones parlamentarias representadas en la Cámara de Diputados abrir mesas de trabajo sobre la mal llamada Ley de Bienestar Animal, presentada por los diputados José Guadalupe Ambrocio Gachuz y Martha Olivia García Vidaña, ya que dicha propuesta está plagada de errores e incongruencias jurídicas, además de ser una ley regresiva.

Los integrantes de la Alianza Nacional M1llón De Esperanzas señalaron que dicha ley solo vela por grupos de intereses oscuros y económicos, además de que por el momento no es conveniente establecer el diálogo con los diputados promoventes, ya que estos amenazan con imponer su mayoría en el Congreso sin tomar en cuenta a la sociedad civil organizada protectora de animales.

Verónica Andrade, de la organización AntiTaurinos Independientes dijo en la conferencia: “Estamos presentes en esta conferencia para darles a conocer que la defensa de los animales está avanzando. Estamos construyendo un nuevo paradigma al cual deben responder nuestros legisladores, y es dejar de considerar a los animales como objetos o cosas y/ o elementos naturales sujetos de protección”.

Por su parte Ethel Frida Herrejón, representante de la Alianza Nacional M1llón De Esperanzas dijo: “Hoy, nuestras leyes, nuestra construcción política, social, cultural y económica tiene que asumir el compromiso histórico de considerar, en todos sus ámbitos a los animales como seres sintientes, sujetos de consideración moral, esto es, en leyes de avanzada, darles el carácter de personas no humanas, para que estén protegidos de cualquier tipo de crueldad y abuso”, agregó.

Añadió, “queremos reconocer que hoy, se suman organizaciones, fundaciones y luchadores sociales, defensores de los animales, en el rechazo abierto de la iniciativa presentada por los diputados José Guadalupe Ambrocio Gachuz y Martha Olivia García Vidaña, los cuales asumen a los animales en términos generales como elementos naturales susceptibles de apropiación sujetos al dominio, posesión, control, cuidado, uso y aprovechamiento del ser humano”.

También expuso “esto es, cosifican a todos los animales, sin tomar en cuenta, que hoy la tendencia mundial va hacia su reconocimiento como Seres Sintientes, e incluso ya hay juicios en los cuales se ha reconocido a los animales como personas no humanas, como el caso de la orangutana Sandra, a quien se le concedió el Habeas Corpus, argumentando que “ mantiene lazos afectivos, razona, siente, se frustra con el encierro, toma decisiones, posee autoconciencia y percepción del tiempo, llora las pérdidas, aprende, se comunica y es capaz de transmitir lo aprendido”.

Ethel Frida Herrejon comentó “es importante destacar que el movimiento animalista comprende y entiende las dinámicas con las que se ha desarrollado México, pero creemos que dentro de la sociedad mundial y mexicana, ya se levantan las voces para decir que nuestra economía no debe ser despiadada e insensible con los animales, sino que se debe asumir la responsabilidad de protegerlos de la extinción y del abuso desmedido e irracional de lo que han sido objeto, pues condenaríamos al país a un descontrolado y fracasado sistema económico que solamente piensa en arrasar con toda la riqueza y la naturaleza sin pensar en la sostenibilidad y sustentabilidad del medio ambiente, que ya ha activado gravísimos focos rojos y alertas mundiales”.

En su oportunidad el abogado, Salvador Garcés López explicó la razones del porque es importante rechazar esta propuesta de ley, “Cuando señalamos que los diputados José Guadalupe Ambrocio Gachuz y Martha Olivia García Vidaña carecen e incluso del conocimiento de su propia Iniciativa, lo decimos con fundamentos y hacemos un llamado a sus compañeros de bancada a que reflexionen sobre las siguientes fallas, y no repitan los errores que han cometido sus compañeros proponentes de dicha Ley”:

1.- Deja abierta una puerta para la realización de espectáculos tanto privados como públicos, con animales, en circos, peleas de perros, peleas de gallos y la continuación de las corridas de toros,

2.- Permite la venta de animales como si fueran sólo objetos o cosas, sin tomar en cuenta que ya son seres sintientes.

3.- Reafirma la experimentación con animales.

4.- Autoriza a toda entidad federativa el manejo de los animales a su libre albedrío.

5.- También permitiría que cualquier animal al término de su vida laboral, tendría que ser eutanasiado.

6.- Permite la captura de los animales de la fauna urbana para ser sacrificados.

7.- Permite la electrocución de los animales para el consumo.

8.- Autoriza el trabajo de los animales para tiro, carga y monta. Esto es, permite la continuación de la esclavitud de los animales.

9.- Permite la matanza innecesaria de animales, en rituales religiosos.

10.- Queremos destacar que dicha iniciativa de ley, está plagada de inconsistencias y de intereses oscuros.

A continuación desglosamos algunos artículos:

1.- NOSOTROS DECIMOS QUE ESTA LEY NO VELA POR EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES POR QUE NO CONTEMPLA NI A LOS DE INVESTIGACIÓN, NI ENSEÑANZA, NI SILVESTRES, SU PROPUESTA DICE:

“Artículo 7. Son facultades de las entidades federativas:

II. Llevar a cabo programas y acciones en materia de bienestar animal, en el ámbito de su competencia; con excepción de los de producción, los utilizados en la investigación y enseñanza, así como los silvestres;

Apartado que se opone con:

IV. Promover el respeto, la protección y el bienestar de los animales;

2.- ABRE LA PUERTA AL REGRESO DE LOS CIRCOS POR QUE CONTEMPLA EN SU CAPÍTULO V, PELEAS DE GALLOS U OTROS ANIMALES (LEONES, JIRAFAS, ELEFANTES ETC) :

Capítulo V

Animales para deportes, espectáculos y exhibición

Sección I.

Animales para deportes y espectáculos

Artículo 59. Las disposiciones del presente capítulo se refieren a los animales usados en deportes y espectáculos, tales como: de manera enunciativa más no limitativa, obras de teatro, ferias, carreras de caballos y perros, equitación, polo, charrería, jaripeo, corridas de toros, novilladas y festivales taurinos, peleas de gallos u otros animales, o aquellos utilizados en la industria de la televisión y el cine.

3.- CONDENA A LOS ANIMALES DE TRABAJO A LA MUERTE O DIGASE EUTANASIA, SIN TOMAR EN CUENTA SI EL ANIMAL ESTA EN BUEN ESTADO DE SALUD.

ASIMISMO, AUTORIZA O PERMITE AL PROPIETARIO SI CONSIDERA APLICAR LA EUTANASIA AL ANIMAL DE TRABAJO, SIN TOMAR EN CUENTA SU ESTADO DE SALUD

Artículo 58. Una vez concluida la vida útil de animales adiestrados o utilizados para prestar servicios de guardia y protección o para la detección de drogas, explosivos y bienes y productos agropecuarios; …..En caso de que su reubicación no sea posible, se les deberá aplicar la eutanasia de conformidad con lo establecido en el título cuarto de la presente ley.

Capítulo III

Eutanasia de los animales

Artículo 89. Los propietarios o encargados de establecimientos, lugares e instalaciones en donde haya animales, tienen la obligación de aplicar la eutanasia de conformidad con lo establecido en la fracción I del artículo 88 de la presente ley.

4.- HAY AMBIGÜEDAD Y VACIOS JURIDICOS EN MATERIA DE ANIMALES SILVESTRES, LO QUE ABRE LA PUERTA A PROBLEMAS DE TRÁFICO DE ANIMALES.SILVESTRES Y EN PELIGRO DE EXTINCIÓN, PUES LOS ARTICULOS 62, 68 Y 69 SON CONTRADICTORIOS Y AMBIGUOS.

Sección II.

Animales para exhibición

Artículo 62. Las disposiciones de la presente sección aplican a todos los establecimientos en donde se mantengan animales para su exhibición, como zoológicos, aviarios, herpetarios, acuarios, delfinarios, granjas didácticas o cualquier otro tipo de colección de animales pública o privada.

Existe contradicción en estos dos artículos

Artículo 68. Los establecimientos que mantengan animales silvestres en exhibición deberán contar con un programa de educación al público sobre la responsabilidad y los riesgos potenciales de mantener a estos animales en cautiverio, así como la situación y estatus de la especie, de manera que no se promueva su mantenimiento como animales de compañía.

Artículo 69. Queda prohibida la exhibición de animales silvestres en cualquier lugar o establecimiento que no cumpla con lo establecido en el título segundo de la presente ley y que no tenga por objetivo realizar una función educativa o de conservación.

5.- ESTA LEY TAMBIEN PRETENDE EL SACRIFICIO INNECESARIO DE ANIMALES DOMESTICOS Y SILVESTRES QUE SE ENCUENTREN EN LAS CALLES

Título Cuarto

Matanza y eutanasia de los animales

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 73. La eutanasia de un animal silvestre en cautiverio o doméstico, no destinado al consumo humano, sólo podrá realizarse en razón del dolor o sufrimiento que le cause una lesión, enfermedad o incapacidad física que comprometa su bienestar, con excepción de aquellos animales que puedan representar un riesgo para la seguridad de las personas o de los animales, la sanidad animal, y la salud pública.

Artículo 76. Los centros de prevención y control de zoonosis podrán provocar la muerte de los animales como medida de control sanitario de poblaciones ferales y animales que deambulen libremente por la vía pública, de conformidad con lo establecido en la presente Ley, las normas oficiales mexicanas o demás disposiciones aplicables.

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6.- ESTA LEY PERMITE LA MATANZA CRUEL Y DOLOROSA DE ANIMALES EN RITOS RELIGIOSOS, EJEMPLO QUE PODEMOS ENCONTRAR EN LOS ARTICULOS 83 Y 84.

Artículo 83. La matanza de los animales deberá hacerse previo aturdimiento, de manera tal que no se les cause estrés, dolor y sufrimiento. El estado de inconsciencia que provoque el aturdimiento deberá ser continuo hasta la muerte del animal.

Artículo 84. En el caso de animales que sean objeto de métodos particulares de sacrificio prescritos por ritos religiosos, no serán de aplicación los requisitos del artículo 83 de la presente ley.

Con esto los animales quedan en la indefensión, púes esta Ley no contempla ni penas de cárcel, ni castigos considerables a los infractores, es laxa:

I. La violación a las disposiciones contenidas en los artículos 10, 11, 16, 17, 64, 65, 66, 67 y 68 con:

a) Amonestación escrita.

b) Multa por el equivalente de uno a mil Unidades de Medida de Actualización, al momento de imponer la sanción;

c) Arresto administrativo hasta por 36 horas

En su oportunidad, el doctor Gustavo Ortiz, del Colegio de Bioética afirmó que esta ley no puede considerarse de bienestar animal, pues carece de los fundamentos científicos en materia de bioética, ya que en considera a los animales como “cosas”, quitando a los animales su carácter de “animales sintientes” y “sujetos de consideración moral”.

Es por ello que llamó a los legisladores a no aprobar dicha iniciativa, pues atenta contra el bienestar animal, además de que condena a los defensores bajo una ley mordaza que les impediría denunciar el maltrato animal ante las autoridades.

Ethel Frida Herrejón expuso: “Con esto queremos demostrar que esta Ley , está plagada de errores e inconsistencias jurídicas , deficiencias en la interpretación académica, que a todas luces refleja, que hay sólo un interés económico y particular para que dicha Ley pueda ser aprobada”.

Asimismo dijo: “Por esta razón, hacemos un llamado a efectuar mesas de trabajo a los coordinadores Parlamentarios de las diferentes fracciones representadas en la Cámara de Diputados, pues estamos en toda la disposición de aportar elementos bioéticos, académicos y de defensores de los animales para construir una Ley de avanzada y que aporte al desarrollo de México.

Herrejón advirtió: “Queremos señalar que no creemos conveniente mantener un diálogo con los diputados proponentes, pues ellos mismos, han señalado que teniendo la mayoría, pueden aprobar la Ley sin tomarnos en cuenta, como lo afirmó la diputada Martha Olivia García Vidaña, en un primer encuentro que tuvimos efectuado el pasado 24 de julio a las 18:00 hrs en el Recinto Legislativo de san Lázaro y del cual tenemos un audio” que dice lo siguiente:

Martha Olivia García Vidaña.- “Lo de menos, lo de menos , les pongo el panorama, si nos vamos a lo más extremo , a lo extremo completamente , estamos aquí en el Congreso Federal, tomamos decisiones los diputados federales , y decimos así va la Ley, y no nos importa lo demás, si nosotros en la comisión tenemos mayoría , la aprobamos, pero por supuesto, y se sube la Ley y pasa la Ley, sí , sin tomarlos en cuenta , si me voy a los extremos y hemos sido bien claros”.

La representante M1llón de Esperanzas sostuvo “por esta razón, es que nosotros creemos conveniente realizar mesas de trabajo con los líderes de la bancada de los diferentes partidos políticos”.

Finalmente, “queremos señalar que ante la ola de amenazas y agresiones en contra de los representantes de la lucha ambientalista y animalista en el país, queremos denunciar que cualquier agresión física, laboral, psicológica, en contra de una servidora, o de cualquier otro grupo, asociación o individuo que se haya manifestado en contra de dicha Iniciativa, hacemos responsables a los diputados promoventes de la misma”.