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El recurso fue presentado por Ramírez Terrazas, quien acusó a las autoridades de la Ciudad de México, incluyendo a la Secretaría del Medio Ambiente, de mantener en aislamiento a la elefanta Loxodonta africana, lo que —según la activista— constituye maltrato animal

Corte niega amparo para trasladar a la elefanta Ely

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por mayoría de votos (tres contra dos) negar el amparo promovido por la activista Susana Ramírez Terrazas para que la elefanta africana “Ely” fuera trasladada del Zoológico de San Juan de Aragón a un santuario especializado, en donde pudiera convivir con otros ejemplares de su especie, desarrollar sus capacidades naturales y ejercer su derecho a la reproducción.

La decisión ha generado reacciones encontradas. Por un lado, organizaciones defensoras de los derechos de los animales lamentaron que no se haya reconocido la calidad de “persona no humana” para Ely, y denunciaron que su actual confinamiento vulnera su integridad física y emocional. Por otro lado, asociaciones zoológicas y especialistas celebraron el fallo como una medida basada en evidencia científica y bienestar animal.

Corte niega amparo para trasladar a la elefanta Ely
El caso de Ely ha vuelto a poner sobre la mesa la discusión sobre los derechos de los animales y las condiciones de vida en cautiverio
El caso por los derechos de Ely

El recurso fue presentado por Ramírez Terrazas, quien acusó a las autoridades de la Ciudad de México, incluyendo a la Secretaría del Medio Ambiente, de mantener en aislamiento a la elefanta Loxodonta africana, lo que —según la activista— constituye maltrato animal. Argumentó que la falta de socialización y la imposibilidad de reproducirse son contrarias a la naturaleza gregaria de los elefantes africanos, que en libertad se organizan en manadas de entre 10 y 20 individuos.

Además, planteó que la Corte debía reconocer a Ely como sujeto de derechos, siguiendo líneas de pensamiento jurídico que promueven la personalidad jurídica para ciertos animales, como ya ha sucedido en otros países y con otros ejemplares.

Apoyo al fallo desde la comunidad científica y zoológica

En contraste, la Asociación de Zoológicos, Criaderos y Acuarios de México (AZCARM) emitió un comunicado celebrando la resolución de la Corte, asegurando que con esta decisión “triunfaron la verdad, el conocimiento científico y la labor de las instituciones zoológicas”.

AZCARM sostuvo que el traslado de elefantes en cautiverio a santuarios o espacios no controlados puede representar un alto riesgo, sobre todo cuando se trata de ejemplares de edad avanzada como Ely, quien ha pasado los últimos 13 años bajo cuidado humano tras ser rescatada de un circo. Según la asociación, los índices de mortalidad en ambientes menos supervisados son mayores que en zoológicos acreditados.

“Las decisiones sobre el traslado de ejemplares deben basarse en datos científicos y no únicamente en emociones o creencias de personas sin especialización en fauna silvestre”, señaló la organización.

La AZCARM también reconoció el trabajo del personal del Zoológico de San Juan de Aragón, a quienes atribuyó haber garantizado el bienestar físico y psicológico de Ely desde su llegada en condiciones precarias.

El debate continúa

El caso de Ely ha vuelto a poner sobre la mesa la discusión sobre los derechos de los animales y las condiciones de vida en cautiverio. Mientras los defensores de los derechos animales insisten en que ningún espacio artificial puede sustituir un entorno natural, las asociaciones zoológicas argumentan que, en algunos casos, el cautiverio supervisado representa una mejor opción ante la destrucción de hábitats, la caza ilegal y la falta de garantías en santuarios no certificados.

Por ahora, Ely permanecerá en el Zoológico de San Juan de Aragón, donde autoridades aseguran se le brinda atención médica constante, enriquecimiento ambiental y seguimiento etológico. Sin embargo, la lucha por su posible traslado y el reconocimiento de los derechos de los animales no ha terminado.