Detecta construcciones rústicas (elaboradas con madera, lámina y tela) y un atracadero de embarcaciones menores
Detecta Profepa más invasiones, rellenos “hormiga” y afectación en Manglar de Mazatlán, Sinaloa
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) detectó invasiones, rellenos “hormiga” y afectación de más de 1,100 metros cuadrados de manglar en el Estero de Urías, localizado en Mazatlán, Sinaloa, en siete predios donde se encontró construcciones rústicas (elaboradas con madera, lámina y tela) y un atracadero de embarcaciones menores.
La PROFEPA presentará denuncia penal ante el Ministerio Público de la Federación (MPF) por la comisión de delitos ambientales, en contra de quien resulte responsable, ya que no se encontró habitantes ni personas en esos predios.
Personal de inspección de PROFEPA en la entidad se constituyó en dos predios localizados en las colonias Casa Redonda y Quinta Chapalita, en la ciudad y municipio de Mazatlán, Sinaloa, para atender una denuncia publicada en un medio de comunicación, relativa a la invasión de terrenos en esa zona.
En visita técnica en el sitio ubicado en Callejón Rosarito, en la colonia Casa Redonda, en el Parque Alfredo V. Bonfil, se constató la ampliación de un relleno sobre el humedal de manglar, con material de escombro, principalmente basura (cartón, madera y plástico), ocupando una superficie de 300.24 metros cuadrados; asimismo, dentro del polígono se encontró la ocupación irregular de tres lotes, los cuales cuentan con construcciones rústicas elaboradas a base de madera y lámina.
Además, se observó que continúa el avance de los rellenos para ganar terrenos al mar, lo cual afecta a la población de manglar existente en la zona visitada, representada principalmente por mangle negro o cenizo (Avicennia germinans), al realizar cortes de ejemplares de esta especie.
Posteriormente, en la calle Rosarito del mismo asentamiento humano, se detectó un polígono en el cual se lleva a cabo un relleno tipo “hormiga”, con material de escombro en una zona de manglar, sobre una superficie de 816.82 metros cuadrados.
De la misma forma, con el propósito de ganar terreno al mar, se observó que en cuatro lotes, hay construcciones rústicas elaboradas con madera, lámina y tela; en uno de estos lotes, también se construyó un atracadero de embarcaciones menores, el cual está conformado por material terroso y escombro; en otro lote, se observó únicamente el relleno con escombro.
Es de señalar que conforme avanza el relleno, se han ido levantando construcciones de cartón, lámina y madera; obras que contribuyen a la desecación del humedal y a la pérdida de cobertura de la vegetación de manglar, con la consecuente eliminación paulatina del ecosistema de humedal y de especies protegidas por la legislación ambiental como lo son el mangle negro o cenizo (Avicennia germinans) y el mangle blanco (Laguncularia racemosa), especies listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, con categoría de Amenazadas.
Reviste de importancia biológica dicho humedal por las funciones y servicios ambientales que provee, tales como ser filtrador natural del agua, lo cual ayuda al recargamiento de los mantos freáticos (funciones hídricas); además, de ser refugio de gran variedad de fauna silvestre endémica y migratoria, y portador de gran cantidad de nutrientes para las aves, peces, reptiles y mamíferos.
También, el humedal actúa como barrera natural ante posibles inundaciones en temporada de lluvias, función que se ve afectada por los rellenos detectados, ya que provocan la disminución del flujo y reflujo (función hidrológica) del ecosistema, la disminución del vaso regulador de las aguas pluviales que ahí se depositan, además de poner en riesgo a la población que se encuentra en las áreas adyacentes, en época de ciclones y huracanes.
Derivado de lo anterior, la PROFEPA presentará denuncia ante la Procuraduría General de la República (PGR), por los daños ocasionados por los rellenos y la afectación de manglar en el humedal del Estero de Urías.
La denuncia penal se interpondrá con base en los artículos 418, fracción I, y 420, fracción V, del Código Penal Federal (CPF), en los que se establece la imposición de seis meses a nueve años de prisión a quien desmonte o destruya la vegetación natural, y por el equivalente a uno a nueve años de prisión al que dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres; respectivamente, además de la pena económica prevista en dichos artículos, con la agravante de que el mangle está protegido por la normatividad ambiental federal.
Asimismo, la denuncia penal se fundamentará en el artículo 420 Bis, fracción I, del Código Penal Federal, donde se señala que se impondrá pena de dos a 10 años de prisión y de 300 a tres mil días de multa, a quien ilícitamente dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas o esteros, y el artículo 60 TER de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), que establece “queda prohibida la remoción, relleno, transplante, poda, o cualquier obra o actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar…”.
Existe el antecedente de que en 2014 y 2016, la PROFEPA presentó denuncias penales ante la PGR por hechos similares y en la misma zona denunciada.
La PROFEPA se mantendrá alerta en caso de nuevos hechos que contravengan la legislación ambiental y coadyuvará con el Agente del MPF en las indagatorias que se realicen dentro de la carpeta de investigación que se inicie.