Menu

A partir de este sábado y hasta el 30 de septiembre entra en vigor la restricción en las aguas estuarinas y marinas de jurisdicción federal

En veda temporal la pesca comercial de cangrejo azul

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural estableció que a partir de este sábado 15 de agosto, queda establecido el período de veda temporal para la pesca comercial de cangrejo azul o de tierra en las aguas estuarinas y marinas de jurisdicción federal adyacentes al estado de Veracruz.

En veda temporal la pesca comercial de cangrejo azul
En Veracruz se encuentran registrados 29 permisos de pesca comercial, repartidos entre dos sociedades de solidaridad social

La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) detalló que la medida se aplica con base en estudios realizados por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), tras investigaciones biológico-pesqueras.

La veda temporal aplicará para la pesca comercial de cangrejo azul o de tierra (Cardisoma guanhumi) en las aguas estuarinas y marinas de jurisdicción federal adyacentes al estado de Veracruz, durante el periodo comprendido del 15 de agosto al 30 de septiembre de cada año, indicó.

El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación señala que los registros de producción de cangrejo azul han disminuido desde 1996, por la reducción de sus zonas de reproducción en las zonas costeras, lo que ha afectado la actividad pesquera.

En Veracruz se encuentran registrados 29 permisos de pesca comercial, repartidos entre dos sociedades de solidaridad social, cuatro cooperativas pesqueras y 23 permisionarios individuales, que en conjunto cuentan con dos mil 744 artes de pesca.

Las principales zonas de captura son: Alvarado, Catemaco, La Laja, Nautla, Tamiahua, Tecolutla, Tuxpan, Villa Cuauhtémoc, Tampamachoco, Mandinga, Camaronera y Boca del Rio.

Quienes incumplan o contravengan el Acuerdo se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.

La vigilancia del cumplimiento de este Acuerdo estará a cargo de la Secretaría de Marina y de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, por conducto de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, en el ámbito de sus respectivas competencias.