Una redacción amañada en el dictamen de la LGA deja abierta la puerta para que el fracking continúe llevándose a cabo en el país
Llaman a prohibir el uso de agua para fracking
Alejándose de la versión original que prohibía destinar agua a la fractura hidráulica o fracking, el nuevo “Dictamen de las comisiones unidas de recursos hidráulicos y de estudios legislativos segunda, a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Aguas que abroga la Ley de Aguas Nacionales”, cambia la redacción para plantear que solo se prohibiría utilizar el agua destinada al consumo humano y al riego para esta técnica de extracción de hidrocarburos, con lo que en los hechos se deja tal y como está actualmente.
Este cambio en la redacción del artículo 220 del dictamen no representa ninguna medida a favor del cuidado, buen manejo y conservación de los recursos hídricos del país. Todo lo contrario, representa permitir que se continúen contaminando millones de litros de agua en el país, a pesar de las condiciones de estrés hídrico de la mayor parte del país, de la alteración del régimen de lluvias y del riesgo que las aguas contaminadas por el fracking representan para las poblaciones vecinas y para los cuerpos subterráneos de agua.
Es importante decir que en México existen 7879 pozos fracturados y que se calcula que cada pozo requiere para fracturarse entre 9 y 29 millones de litros de agua.
“La redacción original del dictamen prohibía destinar agua a la técnica de fractura hidráulica. ¿Qué intereses entraron a cambiar la redacción para que en los hechos se intente legalizar el uso de millones de litros del líquido a, literalmente, contaminarlos y desecharlos? Desde la Alianza Mexicana contra el Fracking pedimos a las y los senadores que actualmente están revisando este borrador que regresen a la redacción de la propuesta de ley original. Demandamos agua para las personas, no agua para extraer gas”, afirmó Beatriz Olivera de la AMCF.
Actualmente, el artículo 220 del dictamen dice asÍ:
Artículo 220. Queda prohibido el uso del agua de consumo humano y de riego para las actividades de fractura hidráulica en pozos asociados a yacimientos no convencionales.
Por el bien de México, de las regiones rurales, de las infancias y generaciones futuras, y por el compromiso urgente de hacer un mejor manejo del agua, es necesario que quede así:
Artículo 220. Queda prohibido el uso del agua para las actividades de fractura hidráulica o estimulación hidráulica, así como para la exploración, explotación y extracción de hidrocarburos no convencionales.