La inclusión del maltrato animal en el Código Penal fue impulsada por Igualdad Animal y otras organizaciones de la sociedad civil
Maltrato animal es considerado delito en Chiapas
El Congreso de Chiapas aprobó por unanimidad (35 votos a favor) incluir el maltrato animal en el Código Penal del Estado, con lo que la entidad deja de ser la última donde esta conducta no era considerada un delito.
La inclusión del maltrato animal en el Código Penal del Estado fue impulsada y trabajada durante años por organizaciones de la sociedad civil, incluida Igualdad Animal México, y fue presentada en el Legislativo local por la Diputada Marcela Castillo Atristain, integrante del Grupo Parlamentario Movimiento Regeneración Nacional.

Con está decisión, Chiapas deja un rezago histórico para los animales de compañía, lo que permitirá denunciar el maltrato animal como un delito y sancionar a quienes lo cometan. No obstante, el Congreso excluyó de manera tajante a los animales criados para el consumo humano, que son el grupo más maltratado, explotado y desprotegido, como la organización ha evidenciado en investigaciones realizadas en la entidad.
«Desde Igualdad Animal impulsamos estas modificaciones desde la Legislatura pasada y reconocemos este logro como un paso importante para la entidad, sin embargo, señalamos que la decisión de excluir a millones de animales es incoherente con los avances que se han vivido en nuestro país, incluyendo las reformas constitucionales. Seguiremos trabajando para que Chiapas —y todo México— avance hacia una legislación verdaderamente incluyente y justa para todos los animales.«
-Dulce
Ramírez, Directora de Igualdad Animal México
Desde 2023, Igualdad Animal impulsó llevar el “Maltrato animal
al Código Penal”, mientras numerosas organizaciones como Humane World for
Animals, Huellas Chiapas, Animalix AC, Proyecto Dejando Huella AC, Michiespacio
del Zoque, Cocidefa, Huellitas en Movimiento, Mapach AC, también trabajaron por
este cambio.
¿Qué se considerará como delito contra los animales en Chiapas?
Para los animales de compañía, específicamente perros y gatos, será sancionado como maltrato o crueldad que, por acción u omisión, se cause daño, sufrimiento, lesiones, deterioro a la salud o comportamiento mediante actos de violencia, negligencia o privación de necesidades básicas.
¿Cómo denunciar?
Si la persona responsable del delito es el propietario, custodio o poseedor del animal o si se trata de un animal en condición de calle entonces la autoridad debe actuar de oficio, significa que basta con que se le informe o se entere por sus propios medios del caso para actuar de inmediato.
Si se trata de otras circunstancias entonces es necesario presentarse ante la autoridad con una querella, es decir, presentarse a dar una declaración formal y volverse parte del proceso penal.
¿Cuál será la pena para quienes cometan maltrato animal?
Las penas se determinan de acuerdo a las consecuencias que tenga para el animal o el nivel de daño:
- Si hay lesiones leves que no pongan
en peligro la vida o causen deterioro físico permanente será de 6 a 12 meses de
prisión y multa de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente;
- Si causa lesiones que provoquen un
daño permanente será de 12 a 24 meses, multa de 200 a 400 (UMA) vigente y si el
responsable ejerce una actividad profesional, técnica o comercial relacionada
con el cuidado animal se le inhabilitará hasta dos años;
- Si el animal es abandonado y se pone
en peligro su vida o integridad será de 18 meses a 3 años y multa de 100 a 200
UMA;
- Si se organiza, explota, financia,
promueve, oculta las pruebas de o realiza pelea de perros será de 2 a 4 años,
multa de 500 a 1000 UMA además de decomisiones;
- Si causa la muerte será de 2 a 5 años
y multa de 300 a 600 UMA vigente y si el responsable ejerce una actividad
profesional, técnica o comercial relacionada con el cuidado animal se le
inhabilitará hasta tres años. Si causa la muerte con métodos que ocasionen
sufrimiento grave la pena se incrementa en una mitad;
- Si el maltrato o crueldad es con prácticas sádicas, de abuso sexual o explotación excesiva de la capacidad física del animal la pena también es de 3 a 5 años de prisión, multa de 400 a 600 UMA vigentes y si el responsable ejerce una actividad profesional, técnica o comercial relacionada con el cuidado animal se le inhabilitará hasta cinco años.