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También se encontró un cachorro hembra de Tigre de Bengala (Panthera tigris), del cual sí se demostró la legal adquisición

Profepa asegura un cachorro de león africano por no acreditar su legal procedencia, en Tamaulipas

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró en Cruillas, Tamaulipas, un ejemplar de León Africano (cachorro), cuyo propietario no acreditó su legal posesión. Fue adquirido en la Ciudad de México y sería comercializado en Matamoros.

Durante una inspección efectuada, luego de que elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), revisaran un vehículo en la Carretera Federal, tramo Cd. Victoria-Matamoros, en el referido municipio, se detectó que una persona transportaba dos ejemplares de vida silvestre del género Panthera.

El ejemplar era transportado dentro de la cabina de una camioneta; no se acreditó su legal procedencia, toda vez que cuenta con un número de sistema de marcaje distinto al indicado en la documentación presentada

Se trata de un León Africano (Panthera leo), de unos cuatro meses de edad, transportado dentro de la cabina de una camioneta, junto con un cachorro hembra de Tigre de Bengala (Panthera tigris), del cual sí se demostró la legal adquisición.

El poseedor del León Africano no acreditó la legal procedencia del mismo, toda vez que el ejemplar cuenta con un número de sistema de marcaje y en la documentación con la cual se pretendió acreditar la legal procedencia señalaba otro registro.

El ejemplar de vida silvestre fue trasladado a una Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA) en la entidad, donde fue revisado por  especialistas y quedó en depositaría.

El León (Panthera leo) es un mamífero carnívoro de la familia de los félidos y es una de las cinco especies del género Panthera; es exótica para México y se encuentra listado en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), tratado internacional del cual México forma parte desde el año 1991

El artículo 51 de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) establece que la legal procedencia de ejemplares de vida silvestre que se encuentran fuera de su hábitat natural, así como de sus partes y derivados, se demostrará, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de dicha Ley, con la marca que muestre que han sido objeto de un aprovechamiento sustentable y la tasa de aprovechamiento autorizada, o la nota de remisión o factura correspondiente.

En este último caso, la nota de remisión o factura foliadas señalarán el número de oficio de la autorización de aprovechamiento; los datos del predio en donde se realizó; la especie o género a la que pertenecen los ejemplares, sus partes o derivados; la tasa autorizada y el nombre de su titular, así como la proporción que de dicha tasa comprenda la marca o contenga el empaque o embalaje.