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Se afectaron diversas especies forestales por el desmonte de más de 24 hectáreas sin autorización de la SEMARNAT para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales

Profepa clausura el predio “Unión El Zapotal” en Campeche e interpone denuncia por desmonte

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró, de manera total temporal el predio denominado “Unión el Zapotal” de la localidad de Melchor Ocampo, en Campeche, por el desmonte de más de 24 hectáreas sin contar con la autorización para realizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Entre las especies forestales devastadas se encuentran ejemplares de: Jabin, Zapote, Granadillo, Guayabillo, Dzalam, Kitinche y Bojon

Asimismo, se interpuso denuncia penal ante la Procuraduría General de la República (PGR) por la afectación a especies forestales.

En atención a una denuncia interpuesta por ejidatarios de la localidad de Melchor Ocampo, la PROFEPA procedió a realizar un recorrido para inspeccionar el área, observando la remoción de vegetación forestal en una superficie de más de 24 hectáreas en el predio conocido como Unión El Zapotal, ubicado a 17 kilómetros de la localidad de Melchor Ocampo, en el Municipio de Campeche.

Derivado de la inspección, se verificó la devastación de diversas especies forestales conocidas como Jabin, Zapote, Granadillo, Guayabillo, Dzalam, Kitinche y Bojon.

Al inspeccionar el área se detectó un tractor marca Caterpillar modelo D8H, el cual se encontraba abandonado.

Por lo anterior se instauró el acta administrativa de inspección y con fundamento en el artículo 170, fracciones I y II, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) se impuso como medida de seguridad la clausura total temporal de las actividades de desmonte que se realizaban en el predio y el aseguramiento precautorio del tractor.

De conformidad con lo señalado en el artículo 157, fracción II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), el presunto responsable podrá hacerse acreedor a una multa que va de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente por llevar a cabo actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin autorización de la SEMARNAT, así mismo podrá ser obligado a llevar a cabo las actividades de restauración del sitio afectado, independientemente de las sanciones penales que resulten.

Cabe mencionar que ante los daños observados se procedió a interponer la denuncia penal correspondiente ante la PGR.