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Intentó sacar del país 10.4 toneladas de especie clasificada en peligro de extinción

Vinculan a proceso a persona por la extracción ilegal de aletas de tiburón

En calidad de víctima, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), en colaboración con la Fiscalía General de la República (FGR), logró la vinculación a proceso a una persona de una empresa exportadora –por el delito contra la Biodiversidad– que intentó transportar más de 10 toneladas de aleta seca de tiburón de manera irregular.

La transgresión cometida está prevista y sancionada por el Código Penal Federal, con una pena de uno a nueve años y una agravante con pena adicional hasta de tres años más de prisión

A finales de mayo de 2019, el imputado intentó sacar del país tal cantidad de aletas secas de tiburón -facturadas con un valor de 208 mil dólares- con destino a Filipinas.

A solicitud de la Aduana de Manzanillo, personal de Profepa identificó 10.4 toneladas de aletas secas de tiburón, entre las que se localizaron 456.5 kilos de la especie Carcharinus falciformis y 2 mil 200.5 kilogramos del género Alopias y la especie Rhizoprionodon longurio. Las dos primeras están listadas en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

En la audiencia inicial realizada el seis de enero del presente año en el Centro de Justicia Penal de Colima, el Juez dictó como medidas cautelares la presentación mensual del imputado al juzgado y una garantía de 20 mil pesos.

A finales de mayo de 2019, el imputado intentó sacar del país tal cantidad de aletas secas de tiburón -facturadas con un valor de 208 mil dólares- con destino a Filipinas

Por su parte, la Fiscalía General de la República propuso un término de tres meses para la investigación complementaria del proceso -aceptado por el Juez de Control-, que concluye el próximo 6 de abril de 2020.

La transgresión cometida está prevista y sancionada por el Código Penal Federal, con una pena de uno a nueve años y una agravante con pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas se realicen en o afecten un área natural protegida, o cuando se realice con fines comerciales.