Tras valorar las condiciones físicas y de salud de los 4 ejemplares, se determinó liberarlos en su hábitat, en un sitio con bastante agua, vegetación y alimento
Liberan en su hábitat a 4 aves entregadas voluntariamente por un particular, en Colima
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) liberó en su hábitat natural tres cotorras atoleras (Aratinga canicularis o Eupsittula canicularis) y una urraca copetona cara negra (Calocitta colliei), entregadas de manera voluntaria por un particular en el municipio de Villa de Álvarez, en el estado de Colima.
En atención a una denuncia popular presentada por Internet, inspectores de esta Procuraduría acudieron al domicilio reportado para verificar su autenticidad, en el sentido de que un particular tenía en posesión los especímenes referidos, todos juveniles, y constatar las condiciones en que se encontraban.
Los inspectores de la PROFEPA, por tanto, solicitaron al particular la nota de venta o factura de los ejemplares que amparara la legal procedencia de los mismos, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) y su Reglamento, así como el registro correspondiente ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) por la posesión, sin que presentara documentación alguna.
Por tal motivo, fueron aseguradas las aves y, con el apoyo de un médico veterinario zootecnista, integrante del Comité de Vigilancia Ambiental Participativa (CVAP) «Protección y Conservación de Fauna Silvestre», se les revisó presentando buenas condiciones físicas y de salud, por lo que se determinó que se encontraban aptas para su liberación.
Tras el diagnóstico, inmediatamente se procedió a liberar en su medio natural a los cuatro ejemplares, en un sitio alejado de la zona urbana, con abundante agua, vegetación y alimentación, para garantizar su sobrevivencia.
Es importante referir que la cotorra o perico atolero es una especie protegida por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría Sujeta a Protección Especial (Pr) y listada en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES por sus siglas en Inglés), por lo que con el propósito de inhibir su captura, posesión y comercialización la PROFEPA continuará con los recorridos sistemáticos y operativos especiales en materia de vida silvestre.
Cabe señalar que el capturar ejemplares de vida silvestre, sin las autorizaciones correspondientes emitidas por la Autoridad competente, se considera un delito contra la biodiversidad.
La PROFEPA exhorta a la ciudadanía a no adquirir ejemplares de vida silvestre, sin la documentación que acredite que provienen de aprovechamientos sustentables autorizados o legalmente importados, toda vez que ningún ejemplar de ave correspondiente a la familia Psittacidae o psitácido (loros, pericos y guacamayas), cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, puede ser sujeto de aprovechamiento extractivo con fines comerciales.