Los estados tienen la obligación de establecer medidas y acciones para reducir los riesgos: Rosalía Ibarra Sarlat
Lentos los avances en favor de desplazados climáticos
Aunque algunas naciones comienzan a adoptar el enfoque de derechos humanos en materia de desplazamientos originados a consecuencia del cambio climático, aún se requiere trabajar más en garantizar el acceso a la justicia y las garantías básicas de las personas, coincidieron especialistas en el Seminario Desplazados climáticos en el contexto internacional y nacional.
Luego de reconocer que el tema no tiene los mismos orígenes en cada región, Rosalía Ibarra Sarlat, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; Armelle Gouritin, catedrática Conacyt-FLACSO, y Beatriz Felipe Pérez, de la cooperativa CICrA Justicia Ambiental, enfatizaron que se requieren mejores marcos legales que impidan que los ciudadanos sean revictimizados al momento de movilizarse.
Ibarra Sarlat, coordinadora del Seminario, destacó que se trata de una realidad: el Centro de Monitoreo de Desplazamientos Internos (IDMC, por sus siglas en inglés), reportó que en 2020 hubo 40.5 millones de nuevos traslados, de los cuales 30.7 millones lo hicieron por eventos naturales, en 149 países.
Jurídicamente, acotó, esta situación es abordada en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático que promueve una adaptación en las naciones porque se tienen impactos irreversibles, antes de que los desplazamientos migratorios sean más frecuentes.
La también coordinadora del Diplomado de Derecho, Cambio Climático y Gobernanza en el IIJ, expuso: este tópico es reconocido en la COP16, en los acuerdos de Cancún, cuando se estableció que los países tienen la obligación de tomar las acciones necesarias para reducir los riesgos generados por el cambio climático y evitar en lo posible los desplazamientos.
La egresada de la Facultad de Derecho por la UNAM acotó que las medidas fueron retomadas en el Mecanismo Internacional de Varsovia para las Pérdidas y los Daños relacionados con las Repercusiones del Cambio Climático (2013), que ofrece apoyo financiero, orientación, fomento de capacidades, asistencia técnica y tecnológica a las naciones más pobres que se ven afectadas.
En 2015, los Acuerdos de París adoptaron el Mecanismo, pero no aceptan ni condicionan ninguna forma de responsabilidad jurídica o indemnización para los afectados.
“Justamente, aquí las partes se deslindan de todo tipo de responsabilidad jurídica y, sobre todo, si en el futuro comenzamos a ver las migraciones transfronterizas. Lo deja en el plano de la adaptación eso entra en cancha directa del ámbito nacional de las partes”, alertó.
A su vez, Gouritin, catedrática del Conacyt en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), agregó que en 2018 el Banco Mundial estimó que para el 2050 en México habrá 3 millones de desplazados climáticos: es decir, la población equivalente al estado de Aguascalientes.
Las ciudades en la frontera norte del país serán los principales destinos como Tijuana, Ciudad Juárez y el Valle de México, por lo cual no hay que considerar el desplazamiento interno e internacional de manera separada.
En nuestro país se cuenta con La Ley General sobre Cambio Climático y el proyecto de Ley General para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno, el cual está en proceso legislativo en la Cámara de Diputados, pero tiene vacíos, enfatizó.
Gouritin aseveró: “Presentar al desplazamiento climático como una adaptación exitosa es un error tremendo, porque la adaptación ex situ no es un éxito, es una adaptación fallida, un fracaso, porque sería negar el drama por el cual pasan las personas, las comunidades obligadas a desplazarse y se sabe que se enfrentan a violaciones de sus derechos humanos, en el caso de las mujeres a violencia sexual e igual para los niños”.
Beatriz Felipe Pérez, de la cooperativa CICrA Justicia Ambiental, consideró positivo que en algunos tribunales internacionales, como en Francia, se empiezan a visibilizar los motivos climáticos como de peso para evitar deportaciones, por ejemplo un Tribunal de Apelaciones anuló una orden de expulsión de un ciudadano de Bangladesh por la contaminación. Además, otro en Alemania prohibió la salida de un afgano debido a que las condiciones en su país se habían deteriorado por la pandemia, el clima y los desastres.
Al concluir, la abogada expresó que “poco a poco en la normativa interna de diferentes países se están empezando incluir referencias explícitas a las migraciones climáticas, en Italia ya hay permisos de residencia para personas que se encuentran en una situación grave y en Estados Unidos, aunque hay que tomarlo con cuidado, el presidente Joe Biden está avanzando mucho más que sus predecesores en el caso de las migraciones climáticas”.