Mayores concentraciones de etanol pueden incrementar de manera importante los niveles de ozono en las ciudades, generando contingencias ambientales como la que vive este día la CDMX
Ambientalistas exigieron revertir gasolinas con alto nivel de etanol, aprobadas en Norma 16, porque violan derecho humano al aire limpio
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) tiene la oportunidad de revisar la Norma 016, para subsanar las irregularidades de procedimiento, así como la violación al derecho humano a un medio ambiente sano en que incurrió al modificarla para aprobar un incremento en las concentraciones de etanol en las gasolinas, afirmó el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda).
En conferencia de prensa, en la sede de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), se expusieron los riesgos ambientales, económicos y de salud que conlleva tener gasolinas con mayores niveles de etanol, y de qué forma esto viola el derecho humano a un medio ambiente sano de los habitantes de la Ciudad de México, toda vez que impacta negativamente en la calidad del aire que respiran.
La presidenta de la CDHDF, Nashieli Ramírez, señaló que, justamente vinculado al tema de la calidad del aire, la Comisión presentó una queja en contra de la contingencia ambiental, por violaciones al derecho humano a un medio ambiente sano.
«El derecho humano a un aire limpio es un derecho llave porque permite el ejercicio de otros derechos, como la educación y a la salud, que se ven afectados cuando hay situaciones de contingencia y mala calidad del aire», dijo, y agregó que la Comisión no sólo está comprometida con la difusión de estos temas, sino con la labor de incidencia en políticas públicas encaminadas a este propósito.
Por su parte, Gustavo Alanís, presidente del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda), recordó que en México la mala calidad del aire provoca más de 5 mil muertes al año y le cuesta a nuestro país 728 millones de pesos al año por gastos en salud pública y pérdidas anuales de productividad por 3,396 millones de pesos, según los cálculos del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) del año 2010.
Al respecto, dijo que «el Estado mexicano está obligado a priorizar los derechos humanos de sus habitantes por encima de intereses económicos, más cuando se refiere a la salud y calidad de vida de las personas».
De acuerdo con lo explicado por las abogadas de Cemda, en junio del 2017, la CRE publicó el Acuerdo a la NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos, el cual, entre otras cosas incrementa de 5.8 a 10% el volumen permitido de etanol como oxigenante en gasolinas y aprueba medidas más laxas para la protección del medio ambiente en términos de emisiones a la atmósfera derivadas del uso de combustibles fósiles.
Lo anterior, señalaron, también viola el principio de progresividad -en específico del derecho a la salud-, así como el principio de igualdad- al establecer que sólo en las áreas metropolitanas del Valle de México, Guadalajara y Monterrey estarán exentas de gasolinas con más de 10% de etanol, lo cual es discriminatorio y deja en una condición de inequidad y potencial afectación a otras ciudades del país que ya enfrentan graves problemas de contaminación atmosférica.
Zamir Fajardo, Tercer Visitador de la CDHDF, apuntó por su parte que, los derechos humanos son «interdependientes e indivisibles» y señaló que «el debate empieza a darse a nivel mundial con mucha fuerza, reivindicando el derecho a respirar aire de buena calidad como un derecho específico, con contenido propio».
En lo que se refiere a los impactos en la salud, Horacio Riojas, el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), dijo que «hace falta realizar estudios locales para determinar los impactos de las gasolinas con etanol en la salud humana», aunque dijo que la literatura evidencia que los altos niveles de ozono reducen la capacidad pulmonar en pacientes sanos y es más grave aún en niños, mujeres embarazadas y personas con enfermedades pulmonares.
Relativo a la afectación económica a los consumidores, Stephan Brodziak, de El Poder del Consumidor, consideró que «la capacidad de producción de etanol de los productores de maíz estadounidenses, ha logrado ese nivel de madurez, gracias al histórico apoyo gubernamental de parte de los contribuyentes estadounidenses. Ante un complejo escenario mundial donde Estados Unidos ha perdido mercado en el tema del etanol, los intereses de particulares, ejercen una indebida presión al proceso regulatorio en nuestro país.»
En lo que respecta a los impactos ambientales, Sergio Zirath, del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, expuso que «la modificación de la Norma 016 que hizo la CRE permite la venta de gasolinas que generan más emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) a la atmósfera». Realizó precisiones técnicas sobre la presión de vapor y cómo esto afecta en materia de emisiones y señaló que en el país no existen condiciones para el óptimo desempeño de las gasolinas, como sería contar con tecnología adecuada de los automóviles, la inspección y vigilancia del cumplimiento de las normas, entre otros.
Finalmente, Cemda recordó también que, al modificar la Norma 016, la CRE incurrió en violaciones al procedimiento, toda vez que ignoró el trabajo que realizaba el Grupo Técnico de Trabajo -integrado por representantes de los sectores gubernamental, privado y social-, para avanzar hacia la transición óptima de la Norma rumbo a estándares más avanzados en materia ambiental considerando el bienestar social, impacto económico, sobre la salud y el medio ambiente, así como sus efectos sobre motores y vehículos.
De igual forma, pidió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) eximir al proyecto de Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR), a pesar de que, desde 2016, esta Norma fue calificada como de alto impacto en virtud de los graves riesgos a los consumidores, a la economía, a la salud humana y al medio ambiente que la calidad de los petrolíferos pueden generar.