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Suma 52 mil 728.1 millones de pesos

Aprueba el CU presupuesto de la UNAM para 2023

El Consejo Universitario (CU), máximo órgano de gobierno de la UNAM, aprobó el presupuesto para 2023, que asciende a 52 mil 728 millones 127 mil 711 pesos.

Aprueba el CU presupuesto de la UNAM para 2023
Para Investigación se destinarán 13 mil 906 millones 962 mil 510 pesos, que representan 26.4 por ciento de los recursos totales

Al respecto, el rector Enrique Graue Wiechers dijo que el monto presupuestal aprobado siempre será insuficiente para la educación, pero debemos estar satisfechos pues con estos recursos la Universidad podrá transitar, como lo ha venido haciendo, en los últimos años.

Las aportaciones federales ascienden a 47 mil 659 millones 117 mil 711 pesos; la Universidad estima obtener cinco mil 69 millones 10 mil pesos de recursos propios.

A Docencia se asignarán 32 mil 438 millones 265 mil 878 pesos, que corresponden al 61.5 por ciento del presupuesto total. De ellos, 78.4 por ciento se destinará al nivel superior, que incluye los programas de licenciatura y posgrado; en tanto que al bachillerato dedicará 21.6 por ciento.

Para Investigación se destinarán 13 mil 906 millones 962 mil 510 pesos, que representan 26.4 por ciento de los recursos totales.

En la función de Extensión Universitaria se consideran tres mil 978 millones 483 mil 509 pesos, es decir, 7.5 por ciento del total del presupuesto.

Para la Gestión Institucional -que incluye las actividades y servicios relacionados con la administración del personal, los recursos materiales y financieros; las funciones de planeación, control y vigilancia, y la dotación de servicios de mantenimiento y reacondicionamiento de la planta física- se programan dos mil 404 millones 415 mil 814 pesos, equivalentes a 4.6 por ciento del total.

El pleno del CU también conoció los informes de las comisiones especiales de Seguridad, y de Igualdad de Género.

En sesión extraordinaria, el máximo órgano de gobierno de la Universidad Nacional también modificó, por unanimidad, el Estatuto General en sus artículos 8° del Título Segundo, y 106 del Título Octavo, derivado de la creación de la ENaCiF.