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Con dicho concepto en los “Estados Unidos Mexicanos todas las personas y miembros sintientes gozarán de los derechos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”

Impulsarán Ley de Seres Sintientes en Constitución

Ante el incremento del maltrato animal, debido al confinamiento, por la emergencia sanitaria de COVID-19, que en cifras se traduce en un aumento de 25 por ciento respecto del año pasado, y que en su mayoría es abandono de animales en las calles, entre otros, la Alianza de Agrupaciones de Protección a los Animales, Un Millón de Esperanzas, junto con el diputado federal Erwin Jorge Areizaga Uribe impulsan la Iniciativa para incluir el concepto de “organismo vivo dotado de sensibilidad”, y el término Seres Sintientes en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Impulsarán Ley de Seres Sintientes en Constitución
La Reforma incluye la prohibición de la tortura, maltrato o cualquier acto de violencia que atente contra su desarrollo, seguridad, higiene y salud de los animales, ya que son seres sintientes

En el marco de una gira por varios estados de la República, el diputado federal, sensible a las demandas de las organizaciones civiles protectoras de los animales que integran la Alianza Un Millón de Esperanzas propondrá al Pleno de la H. Cámara de Diputados la INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA DENOMINACIÓN DEL CAPÍTULO I DEL TÍTULO PRIMERO, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 1º DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANA.

Los principales argumentos que expone dicha Iniciativa, retoman la violencia en la que estamos inmersos y que impactan en la crueldad animal, “por eso, la iniciativa que hoy presento y  someto a su consideración está relacionada con una de los actos más lamentables de la conducta humana: el maltrato animal.”

Especificó que recientemente, “hemos visto en medios y en redes sociales, videos que muestran actos de auténtica barbarie contra los animales, los cuales provocan nuestro malestar y nuestro más enérgico rechazo”.

Sostuvo que la Ley Federal de Sanidad Animal, en capítulo el II, considera a los animales vivos sencillamente como “todas las especies de animales vivos con excepción de las provenientes del medio acuático ya se marítimo, fluvial, lacustre o de cualquier cuerpo de agua natural o artificial.”

Sin embargo, enfatizó que los animales son capaces de experimentar emociones y sentimientos. “Por eso, se propone modificar este apartado dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para definirlos como organismos vivos que están dotados de sensibilidad y derechos”.

Dijo que según estimaciones del Gobierno de Baja California, en la entidad hay 113 ejemplares de borrego cimarrón, estando prohibida la caza desde los años noventa.

Entre los argumentos de la Iniciativa destacan, el hecho de que la legislación internacional considera a los animales como seres dotados de sensibilidad, y menciona los casos de Portugal, España y Colombia, en donde resalta en sus legislaciones que “los animales son «seres vivos dotados de sensibilidad y objeto de protección jurídica», de acuerdo con la de Portugal.

También destaca los Estados de la República que ya tienen legislaciones que protegen a los animales entre los que destacan: Coahuila, Querétaro, Guanajuato, Guerrero y Sinaloa, entre otras.

Por lo anterior, sostuvo que  la presente iniciativa propone realizar modificación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que se trata de una norma de observancia general en todo el territorio nacional y que tiene por objeto fijar las bases para la procuración del bienestar animal, entre otros aspectos.

Se considera necesario adecuar la denominación del Capítulo I, del Título Primero, así como el Artículo 1ro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga a las personas y no a los animales como seres vivos sintientes, a fin de incluir el concepto de “organismo vivo dotado de sensibilidad”.

Finalmente, la Reforma a dicho artículo quedaría de la siguiente forma:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas y miembros sintientes gozarán de los derechos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos y seres sintientes se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia….

Queda prohibida la tortura, maltrato o cualquier acto de violencia que atente contra su desarrollo, seguridad, higiene y salud de los animales, ya que son seres sintientes. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones, en los términos que establezca las leyes correspondientes.



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