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La Semarnat participa en el grupo de trabajo para la modificación a la NOM-016-CRE-2016 a fin de mejorar la distribución y disponibilidad del Diesel de Ultra Bajo Azufre en el país

NOM 044 reducirá 95% de contaminantes emitidos por vehículos a diesel

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales informa que la aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2017 ‒a través de la cual se regulan las emisiones de contaminantes criterio provenientes de motores nuevos a diesel que se utilizarán para la propulsión de autobuses, camiones y tractocamiones‒permitirá una reducción de más del 95% de los principales contaminantes que emiten este tipo de vehículos, principalmente óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas PM2.5.

No obstante, la Semarnat reconoce que es necesario desarrollar un plan en el que la distribución de DUBA se lleve a cabo de una manera más estratégica

Dicha Norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de febrero de 2018 y representa un logro importante por ser un instrumento normativo que facilita las condiciones para generar un ambiente sano.

Las tecnologías EPA 10 y EURO VI requieren diésel con un contenido máximo de 15 partes por millón de azufre, comúnmente conocido como DUBA.

En el caso de México, la oferta de este tipo de combustible es de aproximadamente 86%, por la producción doméstica de Pemex y de las importaciones, esto aunado a que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha manifestado que la distribución de DUBA está garantizada en las zonas metropolitanas del Valle de México, Guadalajara y Monterrey, en la franja fronteriza norte y en los 11 principales corredores carreteros del país.

No obstante, la Semarnat reconoce que es necesario desarrollar un plan en el que la distribución de DUBA se lleve a cabo de una manera más estratégica, particularmente en las ciudades o zonas en las que existan problemas de calidad del aire. Por tal motivo, participa en el grupo de trabajo para la modificación a la NOM-016-CRE-2016 (en la que también interviene Pemex) con el objetivo de mejorar la distribución y disponibilidad del Diesel de Ultra Bajo Azufre en el país.

Para la Secretaría es importante que México aplique la EPA 10 y EURO VI, a fin de garantizar el derecho humano de todas las personas a disfrutar de un medio ambiente sano y adecuado para nuestro desarrollo y bienestar, como lo establece el Artículo 4° Constitucional; además, estar a la altura de nuestros socios comerciales de América del Norte y de la Unión Europea, en cuanto a tecnologías limpias y eficientes.

Dicha Norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de febrero de 2018 y representa un logro importante por ser un instrumento normativo que facilita las condiciones para generar un ambiente sano.

Es importante tener presente que los óxidos de nitrógeno son precursores de ozono (O3), contaminante cuyas concentraciones se han incrementado en las principales zonas urbanas del país provocando afectaciones en la salud de la población, particularmente en vías respiratorias.

En tanto, las partículas PM2.5 contienen un alto porcentaje de Carbono Negro (CN), el cual, además de tener efectos carcinogénicos, tienen un alto potencial de calentamiento global.