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Propuesta de Ley de Protección a los Animales presidencial favorece más a los ganaderos y a la matanza, que a la verdadera protección de los animales

Presidente resucita Ley Gachuz: FRECDA

En días pasados, el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador envío a la Cámara de Diputados un paquete de Iniciativas de Ley sobre diversos temas, en el que resalta la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforman los Artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Protección y Cuidado Animal.

Presidente resucita Ley Gachuz: FRECDA
Asimismo, asegura que se propone, en primer término, reformar el artículo tercero constitucional para agregar en el párrafo decimosegundo que los planes y programas de estudio deberán incluir la protección y cuidado de los animales

Dicha iniciativa causó revuelo entre las Asociaciones Protectoras de Animales, ya que no vela específicamente por los derechos de los animales, ya que parece una Ley Ganadera, y para ello, el abogado José Luis Carranza, de la Fundación FRECDA realiza un análisis para Prensa Animal.

Dentro del cuerpo de la Iniciativa destaca que la Iniciativa retoma el alcance de propuestas planteadas por diversas iniciativas que buscan modificar los contenidos educativos y expedir una ley en la materia.

Asimismo, asegura que se propone, en primer término, reformar el artículo tercero constitucional para agregar en el párrafo decimosegundo que los planes y programas de estudio deberán incluir la protección y cuidado de los animales.

Asimismo, se prohíbe el maltrato a los animales y se obliga al Estado mexicano a garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales en el artículo cuarto constitucional.

Con lo anterior, se eleva a categoría constitucional el tema de protección de los animales, de acuerdo con su naturaleza, características y vínculos con las personas, así como para la prevención y prohibición del maltrato en la crianza y en el aprovechamiento de animales de consumo humano, y de medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.

Finalmente, se propone establecer la facultad del Congreso de la Unión, en la fracción XXIX-G del artículo 73 de la CPEUM, para expedir una ley general de protección y cuidado de los animales.

A continuación el desglose de la dicha Ley a cargo del abogado José Luis Carranza de FRECDA: