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El Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito en Quintana Roo confirmó que la Semarnat no ha dado total cumplimiento a su sentencia en el caso Tajamar y dejó sin efecto la resolución de la Juez que había dado por cumplida la sentencia en diciembre de 2018

Se deberá restaurar toda la zona afectada por destrucción de manglar en Tajamar

Araceli Domínguez, en representación de Salvemos Manglar Tajamar y Grupo GEMA, con el apoyo del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), obtuvo el mes de marzo pasado una nueva victoria judicial, con la sentencia favorable[1] que establece:

No se podrán emitir nuevas autorizaciones de impacto ambiental para llevar a cabo obras de infraestructura turística en el Malecón Tajamar, por lo que no podrán desarrollarse proyectos turísticos

a) la prohibición absoluta de ejecutar la autorización condicionada en materia de impacto ambiental, que había sido emitida por la Semarnat en 2005;

b) el impedimento de talar o remover el mangle y emitir alguna nueva autorización;

c) el deber de restituir la zona de mangle en toda el área de Malecón Tajamar que fue objeto de dicha autorización -excepto los espacios de vialidades que se encuentran con construcción finalizada- y;

d) la obligación de elaborar un plan de restauración.

Lo anterior deja sin efecto la resolución de la Juez Tercero de Distrito en Cancún, Quintana Roo, quien consideró que ya se había cumplido la sentencia que obligaba a la Semarnat a restaurar la zona donde fue talado el manglar, pues, a criterio de dicha juez, las zonas afectadas «se irán restituyendo naturalmente».

Es importante recordar que, desde el 2015, Araceli Domínguez, en representación de 4333 ciudadanos, denunciaron ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) trabajos de tala y remoción de vegetación hidrófila -entre ellas mangle-, en el Malecón Tajamar en Cancún, Quintana Roo, con maquinaria pesada como son trascabos y retroexcavadora.

Posteriormente, el 16 de enero de 2016 por la noche, ingresaron nuevamente máquinas que desmontaron hectáreas de manglar y degradaron el hábitat de especies residentes y migratorias enterrando vivos a los animales.

Esto con el fin de iniciar la construcción de un desarrollo turístico promovido por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), dependencia que se escudó con la autorización emitida por la Semarnat en 2005.

Después de interponer diversas acciones legales en contra de los permisos otorgados por la Semarnat, el 8 de junio de 2017, Araceli Domínguez por derecho propio y en representación de 12 integrantes de Salvemos Manglar Tajamar y Grupo GEMA, obtuvieron una victoria judicial que obligó a dicha dependencia a no ejecutar la Autorización de Impacto Ambiental otorgada en julio del 2005, así como a no emitir nuevas autorizaciones.

De igual forma, se obligó a la Semarnat a restituir el mangle en la zona afectada ⎼por los diversos actos ocurridos desde enero de 2016 y posteriores⎼, presentando para ello un plan de restauración.

De manera incorrecta, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Semarnat consideró que la restauración debía limitarse únicamente a 10 lotes afectados, sin mayor sustento que lo manifestado por Fonatur, y tal consideración fue validada por el Juzgado Tercero de Distrito; por lo que, ahora, el Tercer Tribunal Colegiado ha concluido que la sentencia de amparo no se limitó a determinados lotes o superficie, sino que comprende la totalidad del área que conforma el Malecón Tajamar.

Además, el Tercer Tribunal Colegiado consideró que no basta con que la Semarnat realice un plan de trabajo, ya que ello constituye únicamente el primer paso, sino que, para considerar cumplida la sentencia, es necesario también implementar dicho plan y evaluar si las acciones son suficientes para que la zona afectada realmente se restaure.

A partir de lo establecido por el Tercer Tribunal Colegiado, corresponde ahora a la Juez Tercero de Distrito vigilar el cumplimiento de la sentencia para lograr que las cosas se restablezcan al estado que guardaban antes de que iniciara el juicio; esto es, requerir a la DGIRA se asegure que toda la zona afectada se restaurará, a través de la elaboración e implementación del plan de trabajo correspondiente.

[1] Sentencia del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito emitida en el recurso de inconformidad 3/2019.