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El propietario no acreditó la legal procedencia de los ejemplares, entre los que se encuentran 3 Guacamayas verdes y 2 guacamayas rojas, catalogadas En Peligro de Extinción

Asegura Profepa 6 guacamayas y 4 cacatúas, especies protegidas, en Tequesquitengo, Morelos

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró 10 ejemplares de vida silvestre, cinco de ellos especies en Peligro de Extinción y cinco más incluidas en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, por sus siglas en Inglés), que se exhibían en un inmueble donde se ofertan servicios de hotel y jardín para eventos, en el municipio de Tequesquitengo, en el estado de Morelos.

La LGVS establece como infracción poseer ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural, sin demostrar su legal procedencia

En atención a una denuncia ciudadana, personal de esta Procuraduría acudió a realizar una visita de inspección en materia de vida silvestre, en donde se solicitó a la propietaria del lugar la documentación que acreditara la legal procedencia de las aves silvestres encontradas en el lugar.
Toda vez que la inspeccionada no acreditó contar la documentación para acreditar la legal procedencia de los ejemplares, se determinó el aseguramiento de los mismos con base en el artículo 119, fracción I, de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS).
Se trata de 2 guacamayas rojas (Ara macao) y 3 guacamayas verdes (Ara militaris), ambas especies listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059–SEMARNAT-2010 en la categoría de especies En Peligro de Extinción (P) y en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres.

Es delito sancionado con multa por el equivalente de 50 a 50,000 Unidades de Medida y Actualización.

Asimismo, se encontró un ejemplar de Guacamaya azul-dorada (Ara ararauna) y 4 Cacatúas molucas (Cacatua moluccensis), ambas especies incluidas en el Apéndice II y Apéndice I de la CITES, respectivamente.
Cabe señalar que la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) establece como infracción el poseer ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural, sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia, lo que puede ser sancionado con multa por el equivalente de 50 a 50,000 Unidades de Medida y Actualización.
Con estas acciones, la PROFEPA vigila el cumplimiento de la legislación ambiental en torno a la posesión y venta de fauna silvestre, poniendo de manifiesto la atención a la denuncia y el compromiso de la ciudadanía con la protección de la vida silvestre.