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La NOM-144 SEMARNAT-2017 que entró en vigor el pasado 23 de abril tiene el objetivo de reducir el riesgo de introducción y /o diseminación de plagas

Establecen medidas fitosanitarias para el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional

Con el fin de reducir el riesgo de introducción o diseminación de plagas de importancia cuarentenaria al país a través del embalaje, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) elaboró la NOM-144 SEMARNAT-2017, que entró en vigor el pasado 23 de abril.

El embalaje como son tarimas, cajas, cajones, jaulas, carretes, estiba y calzas, generalmente es fabricado con madera no manufacturada, que carece de un procesamiento o tratamiento suficiente para eliminar las plagas.

La Norma establece medidas fitosanitarias y los requisitos de la marca reconocidas internacionalmente para los contenedores que se utilizan en el comercio internacional ya que se han interceptado en diversos puntos de ingreso plagas de importancia cuarentenaria precisamente en estos contenedores.

De acuerdo con esta Norma, las medidas fitosanitarias aprobadas internacionalmente y reconocidas oficialmente por México son: el tratamiento térmico (HT); el tratamiento térmico mediante calentamiento dieléctrico (DH) y la fumigación con bromuro de metilo (MB).

Quedan exceptuados, el embalaje fabricado de material de madera sometido a procesamiento; el aserrín, la viruta y la lana de madera; barricas o barriles que hayan sido sometidos a calor durante su fabricación y que transporten bebidas alcohólicas; entre otros.

En la elaboración de este documento participaron representantes del gobierno federal, asociaciones civiles y la academia como la Asociación de Normalización y Certificación, la Asociación Mexicana de Envase y Embalaje; la Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de La República Mexicana; la Cámara Nacional de la Industria Maderera; y la Universidad Autónoma Chapingo, entre otros.

Además, participaron representantes de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Para mayor información, consulta la NOM-144-Semarnat-2017: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/321505/NOM-144–2017.pdf