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La suspensión en el Amparo se otorga con efectos generales con relación al aumento desproporcionado establecido por la CFE a las Tarifas Porteo Estampilla

Nueva suspensión definitiva en amparo de renovables

El día de ayer, martes 27 de octubre, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), obtuvo por parte de un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa, la suspensión definitiva para efectos generales relacionada con el Amparo presentado en contra de la resolución emitida por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), por medio del cual se aumentaron de manera desproporcionada las Tarifas Porteo Estampilla que los generadores de energía eléctrica de fuentes renovables deben realizar a la CFE por concepto de servicio de transmisión de la energía transmitida a los usuarios.

Nueva suspensión definitiva en amparo de renovables
Actualmente, dijo, el BDAN ha ingresado en el ámbito de las energías renovables y ahora se está moviendo a las líneas ferroviarias para expandir su enfoque y financiamiento más allá de las fronteras

Como es del conocimiento público, los generadores de energía eléctrica de fuentes renovables deben realizar pagos a la CFE por concepto de servicio de transmisión de la energía transmitida a los usuarios. A estos cargos se les conoce como Tarifas Porteo Estampilla (las ”Tarifas”).

El 10 de junio de este año se publicó en el Diario Oficial de la Federación un aviso emitido por CFE por medio del cual se aumentaron de manera desproporcionada (desde un 500% y hasta un 800%) las Tarifas, sustentando dicho aumento en una resolución emitida por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) (la “Resolución”).

El CEMDA interpuso entonces una demanda de amparo en contra del aviso emitido por CFE y de la Resolución, al considerar que éstos desincentivan la generación, distribución y comercialización de energías limpias, aumentando de manera ilegal, desproporcionada e injustificada las Tarifas, y privilegiando la generación y consumo de energía a través de fuentes contaminantes, tales como las que se producen mediante combustibles fósiles.

En virtud de lo anterior, el día de ayer se logró por parte del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, Otorgara la suspensión definitiva para efectos generales, resultando en que NO se imponga a los generadores de energías limpias, el cobro de las nuevas Tarifas, teniendo derecho a pagar conforme a las vigentes con anterioridad.

El Juzgado consideró, en términos generales, procedente otorgar la suspensión en virtud de que CEMDA logró acreditar, entre otros aspectos, que el aumento de las Tarifas podría significar un retroceso en el avance que el Estado mexicano debe perseguir en materia de descarbonización de la generación y transición hacia la energía renovable, desincentivando las energías limpias y fomentado la generación mediante combustibles fósiles.

Lo anterior constituye una vulneración a los derechos humanos a la salud y a un medio ambiente sano de todos los mexicanos, en contravención a la Constitución y los acuerdos e instrumentos internacionales en materia de combate al cambio climático, firmados por el Estado Mexicano.

CEMDA celebra esta determinación del Poder Judicial de otorgar la suspensión definitiva en el amparo interpuesto. Ello permitirá que los proyectos de energía renovable sean viables pagando tarifas justas acordes para su incentivación, contribuyendo así a reducir las emisiones contaminantes provenientes de fuentes fósiles como el petróleo, que afectan la calidad del aire y contribuyen al calentamiento global.

Al respecto, Gustavo Alanís Ortega, Director Ejecutivo del CEMDA, señaló que “como ya lo hemos expresado anteriormente, la suspensión es congruente con la responsabilidad de garantizar mejores condiciones de vida para las generaciones presentes y futuras.

Los impactos en el medio ambiente y en la salud de las personas expuestas a una mala calidad del aire por el uso de combustibles fósiles en la generación de electricidad así como las pérdidas y los daños de las comunidades por los efectos del cambio climático son cada vez mayores y requieren de decisiones proporcionales y alineadas con este escenario de vulnerabilidad”.

Ante este panorama, se sostiene la exigencia de que el gobierno federal cumpla con las obligaciones establecidas en la Ley General de Cambio Climático y en la Ley de Transición Energética, las cuales materializan los compromisos internacionales de México para incluir mayor cantidad de energías renovables en su matriz de generación, lo cual también permita disminuir la pobreza energética que padece un tercio de los hogares mexicanos.

Nueva suspensión definitiva en amparo de renovables
Esta suspensión definitiva incentiva la generación, distribución y comercialización de energías renovables

De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), México es el segundo país latinoamericano con menor proporción de energías renovables en la oferta energética total, solamente detrás de Barbados[2]. La inversión en capacidad instalada renovable cayó 38% en 2018[3] y debido a la incertidumbre en el marco regulatorio es muy probable que la inversión se reduzca aún más.

Lo anterior es sumamente preocupante en el contexto actual pues, además de los retos en materia de salud que nos ha dejado ver la pandemia del COVID-19, existe la necesidad de reconstruir las economías de los países a partir de medidas y políticas más sustentables que fortalezcan la resiliencia de las poblaciones en el mediano y largo plazo, como es el incentivo a las energías renovables.