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El transporte de carga pesada no podrá circular y realizar maniobras entre las 7:00 y 22:00 horas en el primer cuadro de la Ciudad

Publican horarios de circulación y maniobras de vehículos de transporte de carga en el perímetro “A” del Centro Histórico

La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la Ciudad de México publicó  en la Gaceta Oficial los horarios de circulación y maniobras de los vehículos de transporte de carga y mercancías en el Perímetro “A”  del Centro Histórico de la capital, cuyo objetivo es mejorar la eficiencia de los procesos logísticos que se dan en esta zona y, con ello, garantizar la convivencia vial y  disminuir los niveles de contaminación.

Se actualizan disposiciones para circulación y maniobras de vehículos eléctricos y no motorizados, incluyendo los “diablitos” y dollys

Con esta publicación, se actualiza la normativa establecida en 2008, la cual no respondía a las necesidades de comerciantes y proveedores del perímetro “A” del Centro Histórico y su realización es producto del trabajo conjunto de las secretarías de Movilidad, Seguridad Ciudadana y de la Autoridad del Centro Histórico (ACH) quienes a lo largo de varias semanas realizaron mesas de trabajo con representantes de establecimientos mercantiles.

A  partir de su entrada en vigor, la circulación y maniobras de los vehículos de transporte de carga y mercancías deberá sujetarse a las siguientes disposiciones:

Tipo de vehículos Horarios para Maniobras de Carga y Descarga Horarios de Circulación
Vehículos eléctricos y no motorizados, incluyendo las carretillas de mano “diablitos” y dollys Las 24 horas, siempre y cuando su operación no represente una afectación al desplazamiento de peatones y circulación de vehículos. Las 24 horas, salvo en aquellas vialidades donde expresamente quede prohibida la circulación de determinados vehículos por la existencia de señalamiento restrictivo.
Menores a 3.8 Toneladas y menores a 7.5 metros de longitud. De las 21:00 a las 09:00 horas, excepto en las vialidades principales del Centro Histórico (Anexo 1), en las que se realizarán de las 21:00 a las 07:00 horas. Las 24 horas, salvo en aquellas vialidades donde expresamente quede prohibida la circulación de determinados vehículos por la existencia de señalamiento restrictivo.
Mayores de 3.8 y hasta 20 Toneladas, con una longitud menor a 14 metros. De las 21:00 horas a las 07:00 horas del día siguiente. De las 21:00 horas a las 07:00 horas del día siguiente. Quedan exentos del horario de circulación, los vehículos señalados en los incisos a, b y c del segundo párrafo del artículo 4, de acuerdo a las características, condiciones y autorizaciones establecidas.
Mayores de 20 Toneladas y con una longitud mayor a 14 metros de longitud. Prohibido permanentemente. Prohibido permanentemente.
Camiones unitarios revolvedoras y equipo de bombeo de concreto para la construcción, así como los carros camiones de volteo en cualquiera de sus versiones Conforme al horario que autorice la Secretaría de Movilidad y la Secretaría de Seguridad Ciudadana, ambas de la Ciudad de México, previo aviso a la Autoridad del Centro Histórico. Conforme al párrafo segundo, inciso b), del artículo 4 de este Aviso, lo harán previa solicitud y autorización por parte de la Secretaría de Movilidad y la Secretaría de Seguridad Ciudadana, ambas de la Ciudad de México.

Estas disposiciones aplican para todo el perímetro “A”, con excepción de las siguientes vialidades, en las cuales queda prohibido realizar maniobras de carga y descarga: Eje 1 Oriente Anillo de Circunvalación, San Pablo – José María Izazaga, Eje Central Lázaro Cárdenas, Avenida Hidalgo, Eje 1 Poniente Guerrero, así como Av. Juárez.

Por otra parte,  en caso de incumplimiento serán aplicadas las sanciones establecidas en el Reglamento de Tránsito y en la Ley de Cultura Cívica de la  la Ciudad de México.

Con este tipo de acciones, el Gobierno de la Capital, a través de sus instituciones refrendan su compromiso para mejorar la movilidad en la ciudad y el cuidado del medio ambiente.