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Asociaciones llaman a verdaderas mesas de trabajo incluyentes para la construcción de una verdadera Ley que proteja los derechos animales y humanos

Crueldad animal: verdadero fondo de Ley Gachuz-Vidaña

La Alianza Un Millón de Esperanzas “Unidos por la Vida Animal”, compuesta por 170 organizaciones, y defensores de animales manifiesta su rechazo a una Ley de Bienestar animal con deficiencias técnicas. Jurídicas y científicas, y sin consenso como la expuesta por los legisladores del Partido Morena José Guadalupe Ambrosio Gachuz, y Martha Olivia García Vidaña

Crueldad animal: verdadero fondo de Ley Gachuz-Vidaña
Anuncian movilizaciones a nivel nacional

Tras una consulta entre 170 organizaciones protectoras de animales a nivel nacional se advierte que la actual propuesta de Ley fomenta la crueldad animal y sólo vela por una irracional visión mercantilista de los animales tomándolos como cosas en los hechos.

Es preocupante que los autores de dicha Ley afirmen que consultaron a las organizaciones protectoras de animales como Humane Society International e Igualdad animal, y que hoy estas mismas organizaciones señalen y rechacen dicha propuesta de Ley. Esto habla sin duda, de la opacidad y el encubrimiento de intereses oscuros por parte de los autores de esta Iniciativa.

Por otra parte, las organizaciones llaman a que esta propuesta de Ley sea retirada y se conformen verdaderas mesas de consulta legislativa con académicos, veterinarios e iniciativa privada, organismos de gobierno y asociaciones protectoras de animales para construir una verdadera Ley de consenso nacional.

No es posible que se continúe generando propuestas de Ley que fomenten la violencia, como el caso de las peleas de gallos, las corridas de toros, el comercio inhumano de animales que solamente generan sociedades violentas que escalan a niveles de agresiones a las personas como el caso de las mujeres, que son golpeadas y violadas; y los niños expuestos a altos niveles de agresión.

A continuación, Un Millón de Esperanzas desglosa los puntos relevantes de la Iniciativa que se rechazan:

1. La Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), plantea las 5 libertades fundamentales de los animales dentro de lo considerado “Bienestar Animal” desde el punto de vista humano, y haciendo siempre alusión a la industria alimentaria. Por lo anterior, no podría aplicarse a todas las especies. La Ley General de Bienestar Animal, pretende ser inclusiva, mencionando “Animales de compañía, animales de producción, animales de investigación y enseñanza, animales de trabajo y los animales para deportes, espectáculos y exhibición”. Dentro de este mismo concepto. Si bien es cierto que las 5 libertades fundamentales son la base, no pueden aplicarse a todos por igual. (En el mundo perfecto no deberían aplicarse a ninguno)

Ahora bien, de acuerdo con las necesidades, características, tipo y función zootécnica de todos los animales, para así garantizar su trato digno, una de las premisas fundamentales por las que resulta necesario expedir este marco jurídico es reconocer el valor ecológico y la dignidad de los animales como seres vivos y, al mismo tiempo, la relevancia del aprovechamiento sostenible de los mismos, en función de los cinco grupos de animales considerados: “Animales de compañía, animales de producción, animales de investigación y enseñanza, animales de trabajo y los animales para deportes, espectáculos y exhibición”.

2. Esta Ley, por encima del Bienestar Animal, lo que pretende es potenciar el comercio de las especies (del rubro que sea) propiciando el enriquecimiento de unos cuantos, y sin ser transparente en cuando al Bienestar Humano. Es importante resaltar el grave problema ecológico que se nos viene encima si la Ley General de Bienestar Animal, se aprueba, ya que la industria agroalimentaria es la principal contaminante en el planeta, por la deforestación, emisión de gases y el consumo masivo de agua.

3. La LGBA pretende dar autonomía y potestad a los Estados, y con esto permitir que se echen atrás los avances que ya hay en cuanto a otras leyes e instrumentos legales, ya que supuestamente se apoya en la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Vida Silvestre. Imaginen que regresen las peleas de gallos a Veracruz, o que sea legal el torneo de lazo en Yucatán.

Asimismo, el ordenamiento está diseñado de forma tal que permite complementarse con la normatividad vigente establecida por la Ley Federal de Sanidad Animal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Vida Silvestre. Es necesario reconocer el enorme esfuerzo que han realizado diversos congresos locales por expedir legislaciones sobre este tema tan trascendental. Es precisamente en atención a estos importantes avances que la presente iniciativa de Ley, al ser de carácter General, busca proporcionar un marco de referencia para la promoción del bienestar animal por los tres niveles de gobierno, estableciendo claramente las distintas facultades y competencias que le corresponden a cada uno, respetando su soberanía sin imponer nuevas prohibiciones.

En este sentido, el proyecto servirá como referencia para que las legislaturas de cada una de las entidades del país emitan sus propias leyes sobre bienestar animal o adapten las que ya tienen, de modo que cada estado tenga la posibilidad de adecuar su marco jurídico de acuerdo con la realidad que enfrenta.

4. Tendenciosamente la LGBA, habla de equipararse con el Art. 13 de la Constitución de la CDMX, “Seres Sintientes”, cuando no tiene relación alguna (partiendo de la premisa más simple, un ser sintiente no debería ser consumido o criado en condiciones industriales) Están en todo momento tratando de confundir a la gente.

Asimismo, para evitar contravenir los marcos jurídicos locales ya establecidos y, por el contrario, enriquecer su contenido, la presente iniciativa contempló en su análisis y elaboración, las disposiciones más representativas de cada entidad, como la establecida en la Constitución Política de la Ciudad de México, donde considera a los animales como seres sintientes, según lo señala su artículo 13 apartado B: “Esta Constitución reconoce a los animales como seres sintientes y, por lo tanto, deben recibir trato digno. En la Ciudad de México toda persona tiene un deber ético y obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de los animales”.

En este tenor y con el objetivo de que la presente propuesta de Ley se constituya como un ordenamiento de vanguardia, de conformidad con establecido por la OIE, se retoma este importante avance inscrito en la Constitución Política de la Ciudad de México, considerando así a los animales como seres sintientes y, al mismo tiempo, como elementos naturales susceptibles de apropiación, tal y como lo establece el artículo 27 Constitucional que tiene como objetivo primordial el de garantizar su protección.

5. Esta iniciativa de ley, está siendo avalada por los Colegios de veterinarios, y – lo más importante- la presenta y avala la Coordinación Temática de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados (Comisión de Medio Ambiente) que absolutamente nada tiene que ver con el tema.

Muestra del interés que existe en nuestro país por la atención de la materia es la participación de diversos instituciones, asociaciones y órganos de consulta reconocidas y de prestigio sobre bienestar animal en la elaboración y enriquecimiento de este proyecto, mediante el envío de sus propuestas y puntos de vista sustentadas en argumentos científicos, entre las que se encuentran la Federación de Colegios y Asociaciones de Médicos Veterinarios Zootecnistas de México, A.C. (FedMVZ), los 22 comités del Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal (CONASA) y la Asociación de Zoológicos, Criaderos y Acuarios de México (AZCARM); Universidades e Instituciones académicas reconocidas a nivel nacional, incluyendo la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), la Asociación Mexicana de Parasitólogos Veterinarios, la Escuela Superior de Medicina Veterinaria y Zootecnia, A.C. y la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), así como miembros de la Centro Colaborador de Bienestar Animal (OIE). Asimismo, las autoridades directamente relacionadas en salvaguardar el bienestar de los animales incluyendo la Dirección General de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y la Coordinación General de Ganadería, ambas dependientes de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como la Coordinación Temática de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados.

6. La iniciativa de LGBA miente abiertamente en decir que fue avalada por organizaciones animalistas, lo cual es muy serio y podría ganar una demanda.

Finalmente, y no menos importante, también se contó con la participación de importantes organizaciones de la sociedad civil, tales como Igualdad Animal México, Sí Esperanza Animal, Humane Society International, entre otras que participaron diligentemente, las cuales brindaron valiosas aportaciones para fortalecer la propuesta.

7. La LGBA propone la venta de animales (echaría atrás el trabajo hecho en el Mercado de Sonora, por ejemplo), además de que no es ético tener cautivo a un animal (conlleva matanza de madres para robar crías, cautiverio, circos, zoológicos, coleccionistas, etc.)

Asimismo, incluye la supervisión en la compraventa de animales silvestres o acuáticos en establecimientos mercantiles y propone sancionar cuando no se tenga autorización para ello.

8. Vuelven abiertamente los espectáculos con animales: Corridas de toros, peleas de gallos, circos, etc.

En lo que respecta a las entidades federativas, éstas se encargarán de formular, conducir y operar las políticas de bienestar animal en sus ámbitos de competencia, delimitando claramente cuándo ello corresponde a la Federación. Destaca en particular la atribución de las entidades federativas para regular y vigilar la utilización de animales domésticos en espectáculos públicos o privados y la facultad de vigilar a los Centros de Prevención y Control de Zoonosis; además de la de elaborar un padrón de asociaciones y sociedades dedicadas al cuidado, vigilancia, protección, promoción o acciones en favor de los animales, el cual permitirá a los tres órdenes de gobierno concertar acciones con dichas organizaciones a favor del bienestar animal.

9. La LGBA, va por la regulación de albergues y refugios, que si bien es cierto muchos son centros de hacinamiento y malas condiciones, también lo es que lo que les interesa es la fiscalización (SAT)

También se establecen las obligaciones que deben cumplir aquellos establecimientos que alberguen animales.

10. Transporte de animales, hablemos de cerdos y pollos, y de la falta de mención y análisis de las NOMS vigentes en la materia.

11. Comercio de animales.

12. Animales para la investigación y enseñanza. Prácticas innecesarias que sólo producen sufrimiento y dolor. Este punto es muy de interpretación porque en la práctica diaria, ¿quién decide cuándo es necesario y “justificado” matar a un animal?

13. Animales de trabajo (tracción a sangre) permitido.

Crueldad animal: verdadero fondo de Ley Gachuz-Vidaña
Preocupante que dicha propuesta de Ley tenga vacío jurídicos, científicos y de consenso

14. Animales para deportes, espectáculos y exhibición (carta abierta a la tauromaquia), lejos de regular todo se trata de fines económicos, aunque el dolor, la tortura y la muerte JAMÁS DEBEN SER REGULADOS. Y se “cuelgan” de las peleas de perros, que es un delito federal ya establecido desde años antes. Habla también de los coleccionistas de animales, y da carta abierta a los zoológicos.

El Capítulo V aborda el tema de “Animales para deportes, espectáculos y exhibición”, en el que se señala que corresponderá a las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, regular la utilización de animales en deportes y espectáculos públicos. Lo anterior, en referencia a los importantes avances que se han presentado en últimos años para poner fin a las prácticas que atentan contra el bienestar animal, tales como prohibir el uso de ejemplares de vida silvestre en circos y el organizar, inducir, realizar o provocar peleas de perros, para lo cual se incorporan estas prohibiciones al ordenamiento.

15. Matanza y eutanasia de animales, mediante aturdimiento previo y siguiendo supuestamente la NOM de sacrificio humanitario de 1965 (¿?), sabemos que en los rastros cortan a los animales vivos.

No toda la iniciativa es mala, pero REQUIERE REVISIÓN REAL POR PARTE DE LAS ORGANIZACIONES, ya que por muy bien presentada que esté, sus fines son única y exclusivamente comerciales.

Por otra parte, las organizaciones convocarán a movilizaciones a nivel nacional para pedir se retire dicha Iniciativa.